Derecho Laboral

Recibo por honorarios no protege: SUNAFIL puede multar hasta S/ 132,000 por desnaturalización

Usar locación de servicios cuando existe subordinación real no evita la multa — la agrava. El Tribun...

Publicado: 15 de abril de 2026

Usar locación de servicios cuando existe subordinación real no evita la multa — la agrava. El Tribunal de Fiscalización Laboral ha consolidado una doctrina que hace casi imposible defenderse si no se actúa antes de la inspección.


El problema

Cientos de organizaciones en el Perú — empresas, municipios, asociaciones de propietarios, ONG — mantienen personal que trabaja todos los días, en horario fijo, siguiendo instrucciones directas, usando los equipos del empleador, bajo un contrato de locación de servicios. El argumento es siempre el mismo: "es un locador, no un empleado". SUNAFIL ha dejado de aceptar ese argumento.

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